CUIDADO CON COMPRAR MÓVILES A CUALQUIERA, TE PUEDEN CAER 2 AÑOS
La verdad es
que cuando nos llegan este tipo de asunto al despacho, nos damos cuenta del
desconocimiento absoluto de las Leyes que rigen este país y de la necesidad de
acercarlas a la gente. Único motivo que nos hace gastar nuestro valioso tiempo
de manera altruista en explicar a los ciudadanos sus derechos.
También hemos
dudado si explicar este asunto desde la perspectiva del imputado o del
perjudicado, al final damos pistas para ambos.
El asunto es
el siguiente:
Una chica
necesita un móvil y su pareja se lo regala, al poco es llamada a comparecer ante
la Policía
acusada de un delito de receptación.
1. El que, con ánimo de lucro y con conocimiento de la
comisión de un delito contra el patrimonio o el orden socioeconómico, en el que
no haya intervenido ni como autor ni como cómplice, ayude a los responsables a
aprovecharse de los efectos del mismo, o reciba, adquiera u oculte tales
efectos, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.
La investigación
continúa y la chica dice que se lo regaló su novio, con lo que el novio es
llamado también y acusado por el mismo delito. Este último confiesa que se lo
compró a un amigo, y ese también es llamado y acusado del mismo delito. Pero
este último individuo no puede precisar a quién se lo compró, pues fue a alguien
en la calle y le costó 50 euros.
Sin ánimo de
hacer una disertación sobre este delito y más con intención de hacerlo
comprensible, diremos que todo parte de una denuncia de un chico al que le
sustraen el teléfono y aporta el IMEI
(identificador personal de cada teléfono que lo hace único) del mismo, la
policía pide a las compañías que indiquen qué números han usado ese IMEI para
conectarse desde el robo y no tienen más que citar a esas personas y acusarlas
de delito de receptación.
Evidentemente,
tanto la novia como el novio, en menor medida este último, pudieran tener
excusa suficiente para no incurrir en el delito (no olvidemos que está castigado con penas de 6 meses a 2 años de
prisión), pero el amigo que se lo vende, debió prever que estaba
comprando un móvil que podía provenir de la comisión de un hecho delictivo
(dolo eventual), por lo que su condena es más que probable.
Como hemos
dicho, sin entrar en muchas más profundidades técnicas, dejamos aquí este aviso
para que sepáis las precauciones mínimas que debéis tomar a la hora de comprar
un móvil de segunda mano, factura, ticket al menos, su caja y su envoltorio,
etc.
Y si os roban
el teléfono, importante tener el nº IMEI anotado o que tu compañía te lo pueda
facilitar.
Como siempre, si al final necesitáis
nuestra ayuda profesional, haremos lo posible por arreglar el entuerto desde
Ruiz Rey Abogados.
Entonce hay que pedir factura o comprarlo en una tienda fisica que sea localizable. No comprarlo a alguien que te lo ofrece por la calle, a todas luces, sabes que es robado, como mínimo.
ResponderEliminarCompre un movil en la calle por cien euros y me dieron la factura y todo y me detubieron por k ese movil fue robado en un robo con fuerza y ahira estoy imputado en jucio por robo con fuerza k me puede pasar
ResponderEliminarEstimado Sr.
EliminarPuede ponerse en contacto con nuestro despacho en: info@ruizreyabogados.com
Y realizar su consulta.
Estaremos encantados de ayudarle.
Por lo que explica, necesita defensa penal del caso, en el que somos especialistas.
Saludos